Acerca de cómo la consulta indígena se convirtió en consulta cocalera en el TIPNIS

A pocas horas del inicio de la consulta, el ministro Sánchez entregó a la prensa el intinerario  de la misma, donde figuran 77 comunidades, de las cuales 30 se encontrarían dentro de la zona colonizada, como parte del controvertido y gubernamental CONISUR. Aunque un día después el ministro las rebajó a 69 asegurando que el Protocolo es un documento “vivo”, puso en evidencia la manipulación de información que coincide con la insistencia vicepresidencial de reducir la participación indígena en el Estado Plurinacional de acuerdo a su peso demográfico.

El retorno de los chunchos

Hace poco, en una jornada académica sobre etnohistoria de la Amazonía, realizada en la ciudad de La Paz, un filósofo y antropólogo beniano o mojeño, mojeño o beniano, mi amigo Daniel Bogado, apuntaba en esa dirección cuando reclamaba que sobre la persistencia en la visión andinocéntrica (así los investigadores sean franceses o finlandeses) de insistir en estudiar sólo la penetración o presencia o influencia inca o andina en las selvas, había que indagar lo contrario y/o lo complementario: la penetración o presencia o influencia de las culturas amazónicas en las tierras altas.

Sentencia Constitucional por el derecho a la consulta de los pueblos indígenas

La Sentencia No. 0300/2012 del Tribunal Constitucional Plurinacional afianza  el derecho a la consulta de los pueblos indígenas del TIPNIS por cuanto al dictar una sentencia condicionada, obliga al Estado a consensuar con todos los representantes o instituciones representativas del territorio indígena para que, de acuerdo a sus procedimientos propios, confirmen o reformulen la Ley 222.

LA DEBIDA CONSULTA EN EL TIPNIS (II)

Parto de la necesidad de hacer la diferenciación tanto conceptual como del ámbito de aplicación de dos tipos de consulta -la consulta pública ambiental y la consulta previa indígena- para comprender lo que está pasando en el caso del TIPNIS, tener un análisis certero sobre los hechos y, fundamentalmente, comprender el espíritu de los derechos reconocidos por los Estados en función de nuestra calidad de seres humanos con dignidad, como individuos o como colectivos.

La consulta previa según la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia

En el marco de la intensa campaña mediática desplegada por el gobierno, desde el mes de junio de 2012, la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia está difundiendo una cartilla denominada “Consulta Previa. Un derecho de los pueblos indígenas”. Este documento está dedicado a explicar la Ley 222 y lo que el Estado comprende sobre la consulta previa a los pueblos indígenas y, específicamente a los del TIPNIS.