Ley de la Revolución productiva comunitaria agropecuaria
El gobierno del Presidente Evo Morales promulgó el 26 de junio de 2011 la Ley N. 144 de Revolución productiva comunitaria agropecuaria.
Segunda carta al Defensor del Pueblo emplazándole a cumplir sus deberes
Como es de su conocimiento, el día 31 de agosto se ha iniciado cercos contra la 8va Marcha indígena en Defensa del TIPNIS, que vienen efectuando varias familias del TIPNIS y otros pueblos y naciones indígenas, mediante dos bloqueos que impiden a los marchistas recibir donativos humanitarios que la sociedad civil solidariamente está enviando.
Entrevistas a candidatos al Tribunal Agroambiental (segunda parte)
A continuación transcribimos las entrevistas a los candidatos al Tribunal Agroambiental Lidia Chipana, Marbel Mark Ponce, Luis Paz Rojas, Miriam Pacheco, Isabel Ortuño, Luís Montaño, Lucio Fuentes, Germán Espada, Gabriela Armijo y Katia López.
Entrevistas a candidatos al Tribunal Agroambiental (primera parte)
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Wilfredo Ovando presentó a los candidatos al Tribunal Agroambiental en las elecciones judiciales del 16 de octubre. El Tribunal Agroambiental (TA) administrará la justicia agraria, protegiendo el derecho de los bolivianos a un ambiente sano y libre de contaminación, velando por la biodiversidad, la fauna, flora y todos los recursos naturales.
Carta de Alberto Acosta a Evo Morales: «Es imposible construir el sumak kawsay en esas condiciones”
Estimado señor presidente del fraterno pueblo de Bolivia Evo Morales Ayma: Como hermano latinoamericano me siento en la obligación de transmitirle mi preocupación por lo que está sucediendo en el Territorio Indígena y Parque Isiboro Sécure (TIPNIS). La posibilidad de que una carretera atreviese este refugio de vida y más aun de que esta sea una ruta para la apertura de la exploración y explotación petrolera en el Territorio Indígena y Parque Isiboro Sécure, teniendo al lado del parque las concesiones hidrocarburíferas de Chispani y Río Hondo a empresas trasnacionales, me mueve a escribirle.
Pronunciamiento del FOBOMADE en relación a las agresiones del gobierno a la VIII Marcha Indígena
El Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (FOBOMADE), en relación a las últimas acciones del gobierno en contra la VIII Marcha en defensa del TIPNIS, declara: Que para intimidar a las Naciones y Pueblos Indígenas, Originarios Campesinos que están realizando la marcha por su derecho al Territorio y preservación del medio ambiente, el gobierno está utilizando al Ministerio Público, concretamente al Fiscal Peralta, para abrir caso contra los dirigentes de la marcha, lo que importa violación de derechos individuales y colectivos; y sus garantías reconocidos a las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos.
El Congreso de Perú aprueba la Ley de Consulta Previa a los pueblos indígenas
(Agencias).- El 23 de agosto, el Congreso peruano aprobó la Ley de Consulta Previa a los pueblos indígenas y originarios, norma que obliga al Poder Ejecutivo a requerir la aprobación de los pueblos originarios antes de ejecutar cualquier obra o proyecto en sus territorios.
¿A quién consultar?
Desde el problema denunciado desde Coro Coro, la exploración sísmica de petróleo en Lliquimuni, la carretera del TIPNIS y hasta la construcción de represas en el río Madera, todo circunda en torno al derecho a la consulta de los pueblos indígenas.
Elementos constitucionales de la Consulta y el TIPNIS
Tomando el caso de la construcción de una carretera que atraviesa todo el territorio indígena y parque nacional del TIPNIS (Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro-Sécure), al constituirse en el referente publico nacional e internacional, como prueba inicial de la voluntad del nuevo Estado Boliviano Plurinacional, de garantizar la libre determinación de las naciones y pueblos indígenas para su desarrollo y el ejercicio de los derechos colectivos reconocidos y ratificados por la Constitución y las normas de derecho internacional público, a favor de estos históricos grupos vulnerables y vulnerados. Estos colectivos son vulnerables en su cultura, el ejercicio de sus instituciones administrativas, de justicia y económicas y fundamentalmente, una condición esencial de existencia propia de una etnia, pueblo o nación, su tierra y territorio.
Reglamento de la Ley Agropecuaria: Decreto supremo N. 0943
Se establece el diferimiento del Gravamen Arancelario (GA) por un plazo de cinco (5) años a las mercancías identificadas en las subpartidas arancelarias que, en Anexo adjunto, forma parte del presente Decreto Supremo, en cumplimiento al Parágrafo I de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N°144, de 26 de junio de 2011, Ley de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.