08 Ene
2016

Los Pacahuara y el Estado Plurinacional Aparente

Ya han pasado casi  6 años  desde el 25 de enero de 2009, en el que los bolivianos, vía referéndum, aprobamos el texto constitucional y adoptamos como uno de los elementos más importantes en la constitución; el reconocimiento de la “plurinacionalidad”, como factor determinante de la identidad de nuestro país. Entender  que Bolivia se constituye en un Estado  Plurinacional, implica más allá de la determinación idílica, la afirmación y reconocimiento  de la existencia de naciones indígenas originarias, con identidad cultural, idioma y formas de organizaciones propias y anteriores a la existencia de Bolivia como estado.

Paso el primer periodo de gobierno desde la vigencia de nuestra constitución, y aun nos encontramos con pautas institucionales de la mentalidad retrograda del Estado anterior al periodo constituyente.  Esta mentalidad que entendía a estos pueblos ancestrales como “grupos de salvajes que debían ser civilizados”;  aquí la historia presentara el triste papel de algunas ONGs y de evangelizadores extranjeros, que eran ejecutores de estas tareas civilizadoras; que iban desde la evangelización hasta la esterilización impuesta, como una forma control de la natalidad, que  se traduciría en el etnocidio de un colectivo humano único. Entre la persecución de los colonizadores, barraqueros y cazadores, la acción de los seudo evangelizadores y  las políticas públicas de los gobiernos bolivianos; los Pacahuara sobrevivientes, pertenecientes a un pueblo nómada,  fueron obligados a sentarse en la población Puerto Tujuré, en la provincia Vaca Diez del Beni, bajo uno proceso  de traslado o reubicación silencioso, no consentido, ni consultado y profanador de sus derechos.

En nuestra actual situación como gobierno, nos bañamos de la plurinacionalidad y  nos apropiamos de la cultura e imagen de los pueblos ancestrales, bajo un simbolismos hueco  que solo busca el “posicionamiento” externo, como gobierno indígena respetuoso de la Madre Tierra; pero debajo de esta mascara, aún se encuentra presente y vigente la mentalidad paternalista, que procura aun determinar y ejecutar las políticas y funciones públicas dentro de un limbo  legal  fabricado, que pretenden de forma subyacente no reconocer la aplicación de las disposiciones constitucionales, ni los derechos de los pueblos ancestrales; privilegiando la aplicación de la normativa inferior y anterior a la constitución, desconociendo así los derechos de la población en general y de los pueblos originarios en específico.

Según datos del conteo realizado por la Confederación Nacional de Naciones Indígenas Originarias de Bolivia (CIDOB) efectuado en 2004; quedan 17 miembros originarios en una comunidad asentada casi en el límite entre los departamentos de Beni y Pando. El último Censo de 2012 establecía que la población de este pueblo originario ascendía a 161 miembros, pero lamentablemente estos datos no pueden ser concluyentes, debido al elemento de la autoidentificación,  y a las diversas observaciones a la metodología de este censo.  Aun así, estos datos solo reflejan a las comunidades con las que se tiene contacto, puesto que se sostiene la existencia de  comunidades de este pueblo ancestral, que se encuentra en aislamiento voluntario; situación que es definida, como una estrategia de sobrevivencia de estos pueblos y su cultura; por la cual deciden no desarrollar relaciones sostenidas con el resto de la población o habiéndolo hecho optan por no continuarlas.

La Constitución Política del Estado Plurinacional, determina en el  artículo 31, parágrafo II. que; “Las naciones y pueblos indígenas en aislamiento y no contactados gozan del derecho a mantenerse en esa condición, a la delimitación y consolidación legal del territorio que ocupan y habitan”.

Es así, que el deber del Estado Boliviano, frente a los pueblos en aislamiento voluntario es claro. Por lo tanto, es inconcebible que a pesar de las disposiciones constitucionales y de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0014/2013-L, del 20 de febrero de 2013, aun no se realicen acciones para consolidar legalmente el territorio que ocupan y habitan las comunidades pertenecientes a este pueblo. Lla referida Sentencia Constitucional, es producto de la Acción Popular, interpuesta por la Central Indígena de Pueblos Originarios de la Amazonía de Pando (CIPOAP) contra el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA); y la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT); y que la respuesta de las instituciones públicas, a la petición de los representantes de los pueblos originarios, eran sostener  que los asentamientos de los pueblos indígena originarios tanto Tacana como Pacahuras era ilegales basándose en la no existencia derecho de titularidad; en que las concesiones fueron otorgadas sobre tierras fiscales; es decir, tierras que pertenecen al Estado Boliviano; que el proceso de saneamiento había concluido y que además  según el informe del  INRA a la fecha no se tiene autorización de asentamiento o solicitud de dotación de tierras, a nombre del pueblo originario Pacahura.

La respuesta de la instituciones estatales es contradictoria al texto constitucional, que en el artículo 2, establece que como país reconocemos la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario y su dominio ancestral sobre sus territorios y garantizamos su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales.  Por lo tanto  reconocer el dominio y existencia pre colonial de los pueblos ancestrales en su territorio, implica que el Estado debe adecuar sus normas y leyes a esta declaración y no así  que los pueblos originarios deban modificar su territorialidad a las leyes del Estado. La decisión de la Sentencia Constitucional 0014/2013-L, reafirma el derecho  de los pueblos originarios a su territorio  y el deber del Estado a garantizar los derechos de los pueblos en aislamiento voluntario, pero después de casi tres años, no existen respuestas oportunas por el Estado Plurinacional.

El mejor ejemplo de las contradicciones del gobierno del Estado Plurinacional, lo encontramos en el caso del pueblo Pacahuara, que actualmente se encuentra en el más alto grado de vulnerabilidad, y aun paso de su extinción, debido a la omisión consiente del Estado Boliviano. La indiferencia talvez no tenga la misma repercusión  de las acciones directas y crudas como la de la esterilización, persecución o despojo del territorio; pero al final tienen el mismo resultado, la perdida y destrucción de la cultura y modos de vida de un pueblo que ha existido mucho antes que los colonizadores europeos invadieran este continente. En conclusión y parafraseando a Pierre Clastres, “Si el genocidio liquida los cuerpos, el etnocidio mata el espíritu”, por lo tanto la extinción del  pueblo Pacahura significara perder una parte del espíritu del Estado Plurinacional de Bolivia y en consecuencia se perderá una parte de todos nosotros como bolivianos.

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Fobomade

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