El presidente de la República Jair Bolsonaro, minutos después de su posesión, el 1 de enero de 2019, promulgó la Medida Provisional 870/2019. La MP tiene la finalidad de establecer la estructura del gobierno, los objetivos y funciones de sus ministerios y órganos y las medidas a ser adoptadas por la administración pública federal.
Entre las medidas está la transferencia de la Fundación Nacional del Indio (FUNAI), que hasta entonces se encontraba en el Ministerio de Justicia (MJ), para el Ministerio de la Mujer, Familia y Derechos Humanos. Con ello, retiró de la FUNAI sus principales atribuciones, de proceder a los estudios de identificación y delimitación de tierras, promover la fiscalización y protección de las áreas demarcadas, así como aquellas donde habitan pueblos que aún no han establecido contacto con la sociedad nacional.
El gobierno, además de eliminar las funciones legales del órgano de asistencia a los pueblos y comunidades indígenas, transfirió al Ministerio de Agricultura, comandado por hacendados que se oponen a los derechos de los pueblos, la atribución de realizar los estudios de identificación, delimitación, demarcación y demarcación registro de áreas requeridas por los pueblos indígenas. En suma, el gobierno decretó, en su primer acto en el poder, el aniquilamiento de los derechos asegurados en los artículos 231 y 232 de la Constitución Federal, carta magna del país. Bolsonaro atacó severamente a los pueblos indígenas, sus derechos fundamentales a la tierra, la diferencia, el de ser sujetos de derechos y sus perspectivas de futuro.
Entregar la demarcación de tierras indígenas y quilombolas a los ruralistas – transfiriendo tal responsabilidad de la Funai y del Incra al Ministerio de Agricultura – el gobierno incumple las leyes y normas infraconstitucionales, así como enfrenta la Constitución Federal. El artículo 6 de la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los pueblos indígenas y tribales, promulgada por el Decreto n 5051, de 19 de abril de 2004, así como afronta el Art. 1 del Decreto 1775 / 1996, Art. 19 de la Ley 6001/1973 y los Arts. 1 y 4 del Decreto nº 9010/2017. La medida hiere aún los derechos culturales de los Pueblos Indígenas con fundamento en el Art. 129, inciso V, de la Constitución Federal.
El Consejo Indigenista Misionero repudia publicamente tales medidas y las denuncia como un componente de una colusión articulada por la bancada ruralista, empresarios de la minería y de la explotación maderera con el objetivo de desencadenar un intenso proceso de ebullición de las áreas demarcadas, entregárselas a emprendimientos de la iniciativa privada del país y del exterior y, además, inviabilizar nuevas demarcaciones de tierras tradicionales.
En el entendimiento del CIMI, el gobierno recién asumido pretende gestar el país a partir de propósitos que buscan descalificar los derechos individuales y colectivos de comunidades y pueblos tradicionales, atacar a líderes que luchan por derechos, amenazar y criminalizar a defensores y defensoras del medio ambiente, indigenistas , entidades y organizaciones de la sociedad civil, es decir, todos aquellos que se pongan en contra del proyecto de explotación indiscriminada de las tierras y de los recursos en ellas existentes. No es casual que la misma medida provisional, determina que una Secretaría de Gobierno, encabezada por un militar, haga el monitoreo de actividades y acciones de organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales en el territorio nacional.
En los discursos de posesión del presidente y de sus ministros hubo la señalización de que el gobierno actuará de modo autoritario, hay afirmaciones de que no se pretende oír propuestas que no sean las de los segmentos políticos y económicos que el gobierno defiende.Los pronunciamientos del ministro jefe de la Casa Civil dan señales de que tendremos un gobierno sectario, que actuará sin oír a la sociedad civil organizada.
El CIMI confía que los Poderes Legislativo y Judicial, cuando sean llamados a evaluar y a manifestarse acerca de lo que está siendo deliberado y propuesto, actuarán con imparcialidad, prudencia y sobriedad para deshacer todas las proposiciones consideradas ilegales, tales como el desplazamiento de la competencia de la demarcación de tierras de la FUNAI para el Ministerio de Agricultura y la ausencia de consulta libre, previa e informada a los pueblos y comunidades originarias y tradicionales establecidas por la Convención 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificada por el Estado Brasileño, por lo tanto aceptada e incorporada al ordenamiento Jurídico del país.
Creemos que, a partir del protagonismo de los pueblos indígenas, de las demás comunidades y grupos sociales afectados por las medidas arbitrarias del gobierno Bolsonaro, se desencadenan intensas articulaciones, campañas y movilizaciones -en el país y en el exterior- con el objetivo de llamar la atención de organismos y las sociedades para la desastrosa política puesta en práctica en Brasil, llamando a todos a manifestarse ante las autoridades, en la perspectiva de que la Medida Provisional 870/2019 sea rechazada por el Congreso Nacional asegurando entonces que los derechos individuales y colectivos se vuelvan prioritarios frente a los derechos, intereses políticos y económicos corporativos.
Brasilia 4 de enero, 2019
Indígena Consejo Misionero