El gobierno boliviano ha constituido una empresa entre YPFB y PDVSA, que se denomina YFPB-Petroandina SAM, que ha comenzado a trabajar en la Amazonía afectando directamente a las familias indígenas porque las líneas sísmicas atraviesan sus comunidades, los trabajos petroleros se realizan en los patios, en los espacios comunes e incluso en las viviendas.
Esta realidad fue explicada en un recurso extraordinario, presentado ante la Corte de Distrito de La Paz, recurso en contra del Ministro de Hidrocarburos y Energía, Oscar Coca y del Gerente de la empresa YPFB-Petroandina SAM, porque el primero es responsable de las políticas de hidrocarburos y tiene la obligación de velar por el cumplimiento de las leyes y el respeto de los derechos de los afectados, mientras que la empresa, es la que ejecuta en campo las actividades y también tiene responsabilidades jurídicas.
El recurso denominado Acción de Libertad, fue admitido por el tribunal de garantías constitucionales de la Corte de Distrito, porque existían los elementos que se ajustan a la Constitución Política del Estado, que protege la seguridad, la libertad, la vida de las personas cuando éstas se sienten indebidamente amenazadas. Exactamente lo que están experimentando los dirigentes y familias Mosetén, desde el anuncio del gobierno de buscar petróleo en el norte de La Paz.
Las amenazas, la presión, la intranquilidad, las tensiones que soportan los Mosetén, son inseguridades a sus vidas, existe por tanto evidente daño psicológico a las personas, a las familias, a las comunidades, argumentos que no fueron comprendidos por los juzgadores, quienes exigieron que se presenten otras pruebas.
La anterior constitución, derogada por referéndum el pasado mes de enero, señalaba en su Art. 18 (Habeas Corpus) «Toda persona que creyere estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa podrá recurrir…», mientras que la Constitución Política del Estado vigente en su artículo 125 establece: «Toda persona que considere que su vida está en peligro… podrá interponer el recurso de Acción de Libertad…». Es decir, éste recurso extraordinario amplía la protección, comenzando por la vida, establecido como el máximo bien jurídico a ser privilegiado por el Estado boliviano. No se trataba entonces en la audiencia, de demostrar que los Mosetén eran indebidamente perseguidos o ilegalmente detenidos por órdenes expresas del ministro Coca como exigieron los jueces, sino como lo evidencian los testimonios y documentos entregados al tribunal; que el proyecto de exploración petrolera Lliquimuni, ejecutado como política del Ministerio de Hidrocarburos en el territorio indígena Mosetén, ha puesto en peligro la existencia misma de la organización, ha provocado tal intranquilidad y zozobra en la gente que ya no viven igual que antes, ha provocado enfrentamientos internos y con vecinos colonos, ha cambiando por completo la vida de individuos y de familias. Es más, existe el peligro latente que esta situación tensa en cualquier momento se transforme en tragedia si se producen acciones de hecho.
La audiencia y la resolución del tribunal del día lunes 10 de agosto de 2009, quedará como la constancia que para la vigencia plena de la Constitución Política del Estado, existe un largo camino por recorrer. A las autoridades del órgano ejecutivo que juraron aplicar las leyes y respetar los derechos de sus mandantes les interesa más su proyecto económico, su idea de desarrollo, antes que las opiniones, los sentimientos, la visión y los impactos en las personas. Al poder judicial, un largo tiempo de aprendizaje sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas, sobre los derechos colectivos, sobre la naturaleza histórica, social y jurídica de los pueblos indígenas, sobre el respeto a otras formas de vida. Un largo camino y mucho esfuerzo para hacer realidad el Estado Plurinacional donde la igualdad jurídica sea real y no apenas un texto escrito.
*Es abogado.
Tomado de: bolpress.com