Introducción
En este artículo intento plantear cómo la concentración de poder y las medidas de fortalecimiento del Estado están relacionadas y responden a la nueva fase de capitalismo extractivista, caracterizado por una economía sostenida mediante el agotamiento del petróleo y los minerales.
En lugar de la construcción del Sumak Kawsay como alternativa a esos procesos de agotamiento, el Gobierno ecuatoriano se ha concentrado en crear condiciones para la extracción de esas riquezas utilizando tres figuras que, desde el derecho administrativo, se denominan desviación, avocamiento y coacción.
La estrategia del Gobierno en el escenario global
Después de seis años de revolución ciudadana, la estrategia estatal consiste en un modelo primario exportador designado como fase de “Acumulación para la transición y profundización de la redistribución”1. Todo esto con un proceso de fortalecimiento del aparato del Estado.
No fue una idea original, de hecho es muy parecida a la que optó Colombia; desde el año 2000 se planteó el Plan Colombia de Paz, Prosperidad y Fortalecimiento del Estado (Fasoc 2000), y con ello allanó el camino de lo que denominó ”la locomotora mineroenergética”.
Exprimir los territorios para obtener minerales o petróleo es la característica de las políticas económicas en toda América Latina. A escala mundial, el denominado pico petrolero, o el agotamiento de los crudos y minerales “baratos”, ha desatado una carrera por el control de estas riquezas, factor esencial para la expansión y globalización del capitalismo.
Lo novedoso del momento es la irrupción de China, cuya economía crece rápidamente y necesita cada vez más materias primas. En la competencia por el acceso a materias primas el dominio de las empresas de ese país en el sector petróleo ecuatoriano es evidente. China invierte, además de en campos petroleros u oleoductos, en operaciones portuarias, proyectos hidroeléctricos y en minería.
China interviene en todo el circuito de la extracción: financia no solo las operaciones de exploración y extracción, sino también los proyectos hidroeléctricos que proveen de energía a las primeras; opera, nos entrega créditos y se queda con los recursos mineros o petroleros. Es una ganancia por partida triple. Normalmente, el pago de la deuda, con tasas de interés otorgadas gracias a la premura con la que facilitan el dinero, está sujeto a algún insumo estratégico, asegurándose el suministro.
En la década de los 70 fueron necesarias dictaduras militares para preparar el terreno al neoliberalismo de los años 80 y adecuar los marcos legales y de control territorial, y para iniciar o expandir el modelo extractivista. Los indígenas de entonces eran acusados de comunistas. En la actualidad se necesita nuevamente un control del espacio, y los indígenas son nuevamente vistos como obstáculos al desarrollo, calificándolos de infantiles, o son procesados por terrorismo.
Los nuevos proyectos extractivos -crudos más pesados (incluso extrapesados) en el caso del petróleo y yacimientos minerales con bajas concentraciones- requieren de una mayor ocupación de territorios, mucha energía y agua en cantidades descomunales. ¿Cómo logran las empresas acceder a esos recursos para la extracción? Se necesita del Estado.
En el Ecuador, en el último quinquenio el Estado se ha fortalecido, ha aumentado su presencia física e institucional; se otorgan diferentes tipos de bonos, entre ellos el de desarrollo humano, crédito de desarrollo humano, cobertura de protección familiar, jubilación, vivienda y discapacidad. Sin embargo, el desarrollo de la institucionalidad ha servido para la relación con las empresas. Existen nuevas normas tributarias, se ha renegociado contratos, sin embargo se vive una fuerte contradicción entre lo expuesto en las normas y en su justificación con los resultados.
En materia de impuestos y políticas tributarias, a pesar de que se cuenta con mayor capacidad de control, en minería se terminan aceptando las condiciones propuestas por las empresas canadienses2. Estas proponían evadir el 70% del impuesto sobre los ingresos extraordinarios, y finalmente se accedió a que esto sea destinado a la amortización de inversiones3.
Las empresas saben negociar y ablandar las pretensiones de dureza con la que el Gobierno llega a las negociaciones.
No se han resuelto los problemas propios de las actividades extractivas: la evasión, la elusión, el uso de paraísos fiscales, la relación con los capitales golondrina, la especulación y la corrupción. Las empresas están acostumbradas a no rendir cuentas a nadie sobre sus finanzas, no presentan cuentas consolidadas sino parciales en cada lugar en donde operan. Otra cosa muy distinta sería rendir cuentas a todos, de todo el negocio, y responder con las obligaciones tributarias sobre ese total4.
Adicionalmente se mantienen acuerdos y negocios millonarios con empresas registradas en paraísos fiscales: Schlumberger Surenco, Halliburton S.A., Andes Petroleum, Nomeco, Sertecpet E&P, Tenarias, Conducto, Salazar Resources Inc., entre otras. Las negociaciones con empresas provenientes de paraísos fiscales ya fueron identificadas como un problema por el Gobierno, por lo que se prohibió este tipo de contratos (El Tiempo, 2009) y se emitió el decreto 1793 de junio de 2009, que prohíbe la firma de contratos del Estado con empresas que estén domiciliadas en paraísos fiscales5. Sin embargo, a pesar de existir la norma, esta no se aplica.
La presión sobre las materias primas encuentra su explicación no solo en su declive, sino también en la crisis mundial del capital financiero, que carece de una base real que se pretende obtenerla de las materias primas, principalmente provenientes del sur del mundo. De hecho, la propia crisis del dólar está siendo enfrentada con el respaldo de las nuevas operaciones extractivas en países como el Ecuador.
En medio de crisis bancarias y del retorno de la recesión, el dólar repentinamente ganó fuerza. Los activos de “petróleo, oro y otros metales” tienen un papel de dumping a favor del dólar (Chandrasekhar, 2012).
Si antes fue el Consenso de Washington, hoy hay otras tendencias que imponen una división internacional del trabajo, en la cual a América Latina le ha tocado valorizar la economía a través de la provisión de materias primas en forma de minerales, petróleo y otras commodities. Estrategia que demanda y recibe obediencia de todos los gobiernos de la región, indistintamente de sus tendencias políticas.
Estamos frente a dos fuerzas que tironean a América Latina. El eje Europa-Estados Unidos y el nuevo eje del BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica).
¿Cómo respondemos? Con obediencia
En Ecuador, si en el año 2007 eran 5 millones de hectáreas las que estaban concesionadas para la actividad petrolera, en la actualidad esa cifra podría duplicarse, pues se han incorporado 21 bloques de 200 mil hectáreas cada uno en la XI Ronda Petrolera (Petroecuador, 2011), 13 de ellos en la Amazonia sur, todos ellos sobre territorios indígenas. A su vez, la ley minera aprobada en enero de 2009 abrió las puertas a la minería a gran escala en el país. Con cerca del 4.5% del territorio nacional concesionado, cinco proyectos mineros a gran escala son considerados estratégicos y 13 más de segunda generación (Min. de recursos no renovables, 2012). Todos esos proyectos están en zonas frágiles, con fuertes pendientes, altas biodiversidad y pluviosidad, territorios indígenas, tierras agrícolas y campesinas densamente pobladas, o zonas de importancia arqueológica.
Estrategia de la revolución ciudadana
Un balance de la gestión después de seis años es un déficit de revolución y una sobredosis de incumplimiento, desvío, avocamiento y coacción del poder. Analizaré solamente lo ocurrido en el escenario de lo extractivo.
Incumplimiento
El preámbulo de la Constitución, que suele ser conocido como una declaración solemne de los propósitos, valores y principios, es el marco de interpretación el interés general. De acuerdo a este preámbulo nos proponemos: “Una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el Sumak Kawsay. […] Una sociedad que respeta, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades. […] Un país democrático, comprometido con la integración latinoamericana -sueño de Bolívar y Alfaro-, la paz y la solidaridad con todos los pueblos de la tierra”.
El preámbulo identifica al Sumak Kawsay como un interés general. A su vez, el Sumak Kawsay se sintetiza como la convivencia en armonía con la naturaleza. Las actividades extractivas nada tienen que ver con este horizonte. El preámbulo es un mandato. En Colombia, por ejemplo, el valor del preámbulo es de tal magnitud que una norma contraria a su texto resulta inconstitucional; la Corte se ha pronunciado en diversas oportunidades en tal sentido (Echeverri, 2010).
Las actividades extractivas son cada vez más cuestionadas; incluso documentos oficiales de las Naciones Unidas (2005) proponen considerar a este tipo de actividades como “pérdida de bienes de capital y de ahorros netos, que han estado ignorados en la contabilidad nacional”.
Las industrias extractivas presentan un acumulado de impactos en todas sus fases: deforestación, contaminación del agua, intoxicaciones crónicas y críticas, destrucción del paisaje, de las economías locales, de las relaciones comunitarias y de las relaciones con la naturaleza.
A todas luces se trata de imponer el sacrificio de territorios rurales presentándolo como parte del “interés nacional”, cuando realmente es un interés internacional el que se impone.
De acuerdo a las Naciones Unidas (1990), el concepto de desarrollo humano debe abarcar una expansión de la riqueza y los ingresos cuyo objetivo es el ser humano. De acuerdo a nuestra Constitución, son tres los sujetos de derechos: el ser humano, los pueblos y nacionalidades y la naturaleza.
El ser humano se alimenta más que de pan, requiere cultura, paisaje, calidad de vida, espacios de recreación, lo que finalmente se traduce en espacios saludables para la vida. Todos estos elementos conforman el interés general.
Para los pueblos y nacionalidades, la tierra y el agua son su verdadera fortuna. Los páramos o los bosques constituyen la fuente esencial de energía, materiales y alimentos y territorio de recreación cultural.
Cuando hacemos referencia a la Naturaleza/Pachamama hablamos tanto de las especies naturales como del suelo o del agua, pero además de las relaciones implicadas entre las sociedades y la naturaleza. Una afectación a las leyes naturales significa la desaparición de algunas especies y el surgimiento de plagas, con lo que el ecosistema se ve afectado en su totalidad.
Remover la tierra y todo lo que hay en su superficie por actividades mineras, fracturar las montañas o destruir la selva para sacar y explotar petróleo a 3 km de profundidad o más, intoxicar los ríos con agua salada cargada de químicos, son agresiones no solo a la tierra y al ecosistema sino también a las comunidades.
Hay un claro incumplimiento de la Constitución en cada paso dado, en función de mantener y expandir el modelo extractivista, aumentando las zonas de sacrificio e imponiendo condiciones de mayor presión a las zonas ya intervenidas. Para crear estas condiciones e impulsar el extractivismo se utilizó la figura del Decreto Ejecutivo. Con esto se trata de enfrentar a la oposición de las comunidades en los procesos de consulta, y la prohibición de actividades mineras y petroleras en áreas protegidas.
Para enfrentar el rechazo de las comunidades durante los procesos de consulta, se alteró la figura de la consulta misma. Así, el Decreto 1040 (Registro Oficial, 2008b) eliminó los reglamentos de consulta para imponer un proceso de participación favorable a las empresas, y el Decreto 1247 específico para proyectos hidrocarburíferos (Registro Oficial, 2012). Ambos violentan la Constitución.
Para adelantar operaciones mineras en áreas protegidas se eliminó la Reserva Bosques del Sur (Registro Oficial, 2008a)6, lo que abrió el camino a las concesiones en la cordillera del Cóndor.
Para expandir la explotación petrolera se cambió el área geográfica de los bloques 14, 10 y Tarapoa7 y se crearon nuevos bloques, como es el caso del bloque 12, que se entregó sin licitación y sin consulta zonas que incluyen áreas protegidas y territorios indígenas.
Desvío de poder
La desviación de poder no es otra cosa que el uso del poder para un fin distinto que el interés público. El interés general, según el Diccionario Jurídico (Montoya, 2011), es aquel “provecho, utilidad, ganancia o beneficio que obtiene la colectividad”.
En el derecho administrativo se dice que hay desvío de poder en tres casos:
• Cuando se emiten leyes o disposiciones que tienen como objeto el beneficiar a un tercero.
• Cuando hay uso del poder discrecional para un caso y por motivos distintos de aquellos para los cuales tal poder les había sido conferido. “El ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico”.
• Cuando un superior de un funcionario que abre al inferior un expediente disciplinario, no porque el inferior haya cometido una infracción.
Todos estos casos se han presentado en el país, tanto en administraciones pasadas como en la actual.
La desviación de poder es una falta grave, que comete quien lo detenta cuando infringe el ordenamiento jurídico, afectando un interés público concreto. Algunos ejemplos denunciados en los últimos cinco años son:
• La entrega “a dedo” de campos marginales al capital extranjero.
• La renegociación de contratos (extensión del tiempo de contrato de Repsol, además de haberles subido un promedio del 50% adicional).
• El desmantelamiento de Petroecuador.
• Las indemnizaciones otorgadas en los casos de salida de empresas, sin que hayan reparado los daños provocados y sin tener derecho a esas indemnizaciones. Se incluyen las indemnizaciones a las empresas CGC y Burlington, que pretendían entrar al territorio de Sarayacu y de los pueblos Shuar y Achuar.
• Las tarifas de 35 y 41 U$/BL reconocido a la empresa China Petroriental (frente a los 7 U$ de Petroamazonas).
• La indemnización a la empresa brasileña Petrobras a pesar de haber desangrado ilegalmente durante diez años el campo Palo Azul.
• Un contexto legal y político favorable a las mineras transnacionales.
• El debilitamiento de todo proceso de consulta. La violación al derecho a la consulta previa de las nacionalidades indígenas.
• Las tarifas aceptadas de 1,51 U$/BL por transporte del crudo a través del OCP.
• El uso de la figura de la servidumbre, la cual permite virtualmente el acceso libre al subsuelo para los empresarios mineros.
• El incumplimiento del Mandato Minero (que protegía fuentes de agua y evitaba el monopolio y la especulación).
• Las ventajas en materia de recaudación de impuestos a las ganancias extraordinarias.
• Estimar costos y garantías financieras por debajo de lo real; por ejemplo, en el proyecto Mirador que estima en 568 millones de dólares el requerimiento de garantía financiera para el proyecto, versus los 2 millones y medio que ofrece la empresa Ecuacorriente.
El avocamiento
El avocamiento responde al principio de “no interferencia”. Básicamente supone que ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional, ni interferir en el ejercicio de sus funciones.
Hay numerosos casos de avocamiento al sistema judicial, que han vulnerado la Constitución y los derechos. La principal vulneración en materia de derechos es la falta de aplicabilidad directa de la Constitución. Los ecuatorianos sabemos que, a pesar de tener una constitución que reconoce el derecho a la resistencia, los jueces no pueden sentenciar en apego a este derecho a riesgo de ser sancionados. Como fue el caso de la denuncia contra los operadores de justicia que fallaron a favor de indígenas antimineros, en Morona Santiago, el 8 de enero de 2010 (LibreRed, 2011).
Un caso claro de avocamiento es el pedido de la Subsecretaría Jurídica de la Presidencia a los ministros, para que estén vigilantes de los jueces que concedan acciones de protección por actos administrativos o que tengan relación con la contratación pública, porque su aceptación era un grave retroceso en la prevalencia del interés general sobre el interés particular. La interferencia desde la presidencia tuvo efectos, pues después existió una circular del Consejo de la Judicatura que advertía a los jueces de posibles sanciones en caso de concederse la acción.
La más reciente amenaza a esta garantía proviene del presidente reelecto, quien calificó de “absurda” la posibilidad de que un juez pueda frenar decisiones gubernamentales (Simon, 2013).
Muestra de esto es el rechazo de la Acción de Protección en la demanda por violación a los derechos de la Naturaleza en el caso del proyecto Mirador, que a todas luces evidencia que ni siquiera se leyó las abundantes pruebas aportadas en el proceso, entre ellas el revelador informe realizado por Contraloría en el que se expresa de manera clara que los proyectos mineros Mirador y Panantza San Carlos, en la Cordillera del Cóndor, han violado la Constitución y una serie de normas legales, entre ellas el Mandato Minero.
En esa misma línea no se puede olvidar que la demanda legal por vía administrativa que interpusieron un grupo de campesinos de la provincia de Sucumbíos, a pesar de contar con la suficiente jurisprudencia para ser resuelta en favor de los demandantes, lleva cuatro años en casación debido a la presión externa que se ejerce.
La coacción
La coacción se emplea en el derecho para referirse a la imposición de condiciones que obligan a tener o no tener una determinada conducta. Es una herramienta de poder para imponer políticas basadas en la amenaza del uso de la fuerza o de pérdida de beneficios (que pueden traducirse en derechos).
Por ejemplo, en materia de proyectos extractivos los discursos y campañas oficiales señalan a la minería como la actividad de la cual depende el cumplimiento de los derechos a la salud y la educación o incluso los bonos sociales. Si no se acepta la minería se estaría condenando al país a la pobreza, y las poblaciones locales perderían la posibilidad de realizar sus derechos sociales y económicos.
La coacción actúa también con el soborno o chantaje, al ofrecer a las comunidades el 12% de utilidades, o invertir el excedente del precio del petróleo en obras de salud y educación, a cambio de que dejen explotar el petróleo en sus territorios. Afirmaciones como “el Gobierno ya cumplió pues ha dado salud gratuita, educación gratuita, bonos y demás. Es hora de que le retribuyan al Gobierno dejando perforar esos pozos en su comunidad, porque si no le dejan el Gobierno no tendría dinero para seguirles ayudando”8, son frecuentes.
Algunos casos de coacción graves son:
• El decreto 982 que establece una potestad ilimitada del Ejecutivo para controlar la actividad de las organizaciones de la sociedad civil. Puede disolver cualquier fundación u organización por suponer que está comprometiendo la seguridad o los intereses del Estado, o por no apegarse al Plan Nacional de Desarrollo.
• El cierre de Acción Ecológica fue precedido y sucedido por descalificaciones debidas a las críticas de la institución a las políticas del Gobierno.
• Las reacciones en contra del Programa Andino de Derechos Humanos de la UASB por recoger los casos de criminalización.
• La condena por terrorismo contra el presidente de la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador.
• La detención, acusaciones y sentencia en el caso de los jóvenes de Luluncoto por organizarse y preparar su presencia en la marcha por el agua.
• La detención y acusaciones de intento de rebelión a los adolescentes del Colegio Central Técnico por defender su futuro como profesionales.
La visión del Presidente que afirma: “Hemos perdido demasiado tiempo para el desarrollo, no tenemos ni un segundo más que perder, […] los que nos hacen perder tiempo también son esos demagogos, ‘no a la minería’, ‘no al petróleo’, nos pasamos discutiendo tonterías. Oigan, en Estados Unidos, que vayan con esa tontería; en Japón, los meten al manicomio”9. Incumple con el interés general y con la libertad, porque induce a una acción de coacción.
En Ecuador se los mete a la cárcel. Gran parte de los más de 200 casos de criminalizados, acusados de delitos como terrorismo, sabotaje y otros delitos civiles, son defensores de derechos y del territorio, amenazados por proyectos petroleros, mineros o hidroeléctricas bajo construcción, ligados a proyectos extractivistas.
¿Qué hacer? No callar, ni ceder
A pesar de que los ecuatorianos decidimos construir “una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el Sumak Kawsay; una sociedad que respeta, en todas sus dimensiones, la dignidad de las personas y las colectividades” (Asamblea Nacional, 2008), en la práctica, desde el Gobierno, se procura hacer todo lo contrario.
La gestión política y administrativa nos está alejando del Sumak Kawsay. Sin embargo, todo lo alcanzado por las organizaciones y movimientos sociales y por la Constitución no puede ser desconocido, no puede ser borrado en tanto símbolos construidos y pasos avanzados. No se puede reescribir la historia.
El Gobierno ecuatoriano, al incorporar en su discurso muchos conceptos y demandas de los movimientos sociales, los está devaluando, aunque de todos modos está contribuyendo a seguir imprimiéndolos en la conciencia pública. El sujeto Naturaleza está grabado ya no solo en el texto constitucional, sino que es ya parte de nuestras identidades.
Le guste o no al Presidente, los temas ambientales son prioritarios. Sin duda cada vez hay más intolerancia con los abusos en contra de los derechos y del ambiente. La falsa contradicción entre el bienestar de la sociedad y el cuidado de la Naturaleza se revierte en contra de quienes la sostienen. No debemos callar ni ceder ante esta falacia. El intento de despreciar los temas ambientales creando contraste con los sociales no se sostendrá en el tiempo; al contrario, con el tiempo se afirmará la prioridad de cuidar el ambiente y a la Naturaleza como única garantía del bienestar.
No es el momento de perder entusiasmo por lo logrado. Temas como la plurinacionalidad, el Sumak Kawsay y los derechos de la Naturaleza desafían el positivismo y contribuyen a desmontar el colonialismo, justamente en esta nueva fase de acumulación capitalista. El reconocimiento y ejercicio del derecho a la resistencia llena de dignidad a las luchas sociales, incluso en los contextos represivos.
Referencias bibliográficas
Asamblea Nacional del Ecuador (2008) Constitución de la República. Ecuador: Autor, 21.
Chandrasekhar, C. P. (2012) Shifting havens for capital. Third World Resurgence (254), octubre.
Echeverri Quintana, E. (2010) El preámbulo en la Constitución Política. Páginas de UCPR, Open Journal System, (88). Universidad Católica de Pereira.
El Tiempo (2009, junio 22) Gobierno prohíbe contratos con empresas de “paraísos fiscales”. Diario El Tiempo. Recuperado de: http://www.eltiempo.com.ec/noticias-cuenca/18942-gobierno-proha-be-contratos-con-empresas-de-paraa-sos-fiscales/
Fasoc (2000) Plan Colombia (extracto): Plan para la paz, la prosperidad y el fortalecimiento del Estado. Revista Fuerzas armadas y sociedad 15 (3), julio-septiembre.
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Montoya, O. (coord.) (2011) Diccionario Jurídico. Comunidad Jurídica. http://www.diccionariojuridico. mx/?pag=vertermino&id=1475
ONU (2005, marzo) Evaluación de los Ecosistemas del Milenio -EEM-. Final Draft.
Petroecuador (2011, marzo) Ejes de la política petrolera. Reunión Arpel.
Piccioto, S. (2012) The need for search into unitary taxation of transnationals. Resurgence (268), diciembre.
PNUD (1990) Informe sobre Desarrollo Humano 1990. Definición y medición del desarrollo humano. Autor.
Registro Oficial (2008a, abril 16) Registro oficial 317.
Registro Oficial (2008b, mayo 8) Registro oficial 332. Decreto 1040.
Registro Oficial (2012, agosto 2) Registro oficial 759, publicado en el Decreto Ejecutivo 1247.
Simon, F. (2013, febrero 25) Inclinar más la balanza. El Comercio. Recuperado de: http://www.elcomercio.com/farith_ simon/Inclinar-balanza_0_872312828.html
Notas
1 Lámina: fases del desarrollo endógeno sostenible para la satisfacción de necesidades. Estrategia nacional de desarrollo, 2009-2013, mayo 2009.
2 El embajador de Canadá, Andrew Shisko recomendó al Gobierno ecuatoriano “revisar los impuestos mineros que son muy elevados y dar seguridad jurídica a las empresas porque sus inversiones las hacen a largo plazo a 10, 15 y 20 años”.
3 Rafael correa dijo “es razonable lo que nos ha pedido Kinross, y preparamos una reforma legal para que cualquier utilidad extraordinaria vaya a amortizar la inversión”
4 A nivel internacional se está trabajando por un enfoque unitario para las multinacionales, exigiendo que las empresas presenten a las autoridades fiscales de cada país en que opera un “informe conjunto” para dar cuentas consolidadas del grupo global conjunto. Esto proporcionaría a las autoridades tributarias de cada país donde la empresa tiene una presencia empresarial una visión general de su negocio en todo el mundo, para dividir las ganancias de acuerdo a una fórmula (Piccioto, 2012).
5 En el Registro Oficial 756 del 30 de julio de 2012, el Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda a los contribuyentes que los países donde la tarifa de Impuesto a la Renta (IR) sea menor del 60% a la que corresponda al Ecuador, se considerarán paraísos fiscales.
6 Acuerdo 010 del Ministerio del Ambiente, con el cual se deroga el Acuerdo Ministerial 189, publicado en el Registro Oficial 840 (1975, julio 7), que daba a la Cordillera del Cóndor un carácter de área protegida intangible.
7 Los cambios se introdujeron en los contratos modificatorios realizados en noviembre de 2010.
8 La referencia fue dicha por Nancy Monrochoa, exgobernadora de Shushufindi, en reunión con la comunidad.
9 Presidente Rafael Correa (2011, diciembre 10) Macas.
*Esperanza Martínez Bióloga, auditora ambiental y ecologista. Presidenta y miembro de Acción Ecológica. Coordinadora para Sudamérica de la red Oilwatch. Asesora del presidente de la Asamblea Constituyente de Montecristi (2007-2008). Autora de varias publicaciones.