Declaración y Plan de Acción de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB)

Además de las regionales de CIDOB, por invitación de la misma, participaron del Encuentro, la Sra. Viceministra de Justicia, doña Isabel Ortega; personeros de los viceministerios de Tierras e Interculturalidad, personeros del Instituto Nacional de Reforma Agraria, la Defensoría del Pueblo, la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, instituciones de apoyo y expertos en la problemática.

Tras un debate muy humano y sensible, se ha acordado que:

1) Ratificamos nuestra convicción de que la defensa de derechos de los pueblos indígenas en aislamiento, en contacto inicial y en alto grado de vulnerabilidad, pasa por el estricto cumplimiento y observancia del histórico Artículo 31 y el conjunto de la Constitución Política del Estado Plurinacional, el principio de No Contacto, la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, el respeto integral a los Derechos Humanos y el respeto estricto al Derecho a la Autodeterminación de los Pueblos.

2) Que en ese marco, es urgente y necesario la aprobación de una ley marco de defensa y protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento, en Contacto Inicial y en Alto Grado de Vulnerabilidad, y en ese sentido, saludamos el anteproyecto de ley que está construyendo el Viceministerio de Justicia del Estado Plurinacional para la protección de los referidos pueblos,  pero nos pronunciamos para que el referido anteproyecto sea revisado, ajustado y concertado hasta su aprobación definitiva con la CIDOB y todas las organizaciones indígenas, para que así se constituya en la mejor garantía de cumplimiento del espíritu y la letra del antedicho Artículo 31.

3) Que a la vez, es imperioso iniciar un proceso de inmovilización, posterior proceso técnico de demarcación y de control territorial indígena de todos los territorios indígenas, pero especialmente de aquellos territorios donde habiten Pueblos Indígenas en Aislamiento, en Contacto Inicial y en Alto Grado de Vulnerabilidad. Que ese proceso de inmovilización, demarcación y control territorial es la única garantía para el inicio de una acción efectiva en defensa y protección de esos pueblos, ya que sus territorios son permanentemente invadidos por agentes externos, sean estos madereros, colonos, narcotraficantes, comerciantes, mineros, petroleros y otros. Que, en ese entendimiento, clamamos porque el modelo de desarrollo y las grandes obras de infraestructura al servicio de proyectos extractivos y agro industriales no sigan exigiendo víctimas, devorando pueblos, promoviendo el etnocidio y el genocidio. El bien común y el Vivir Bien no pueden ni entenderse ni menos construirse sin el respeto a los derechos de estos pueblos.

4) Que, complementariamente a la labor de construcción del referido anteproyecto, por su carácter de urgente, llamamos a las diferentes instancias del Estado Plurinacional, la Defensoría del Pueblo, Fuerzas Armadas de la Nación, y todas las instancias competentes nacionales y la ONU, a facilitar, coadyuvar, hacer cumplir y/o precautelar las siguientes tareas que se constituyen en un plan de acción mínimo, emergente de las discusiones y presentaciones efectuadas en la reunión convocada por CIDOB en la ciudad de Cobija, a saber:

a) Zona de Reserva Absoluta Toromona

Proceder a su demarcación, instando a las Fuerzas Armadas de la Nación, en coordinación con las autoridades del Servicio Nacional de Áreas Protegidas y demás instancias competentes para la salvaguarda de las fronteras, intervenir en el referido proceso para precautelar, resguardar y salvaguardar el territorio de la Zona de Reserva Absoluta Toromona de amenazas de terceros, especialmente del narcotráfico internacional, que pueden estar afectando la vida y la integridad del pueblo indígena en aislamiento que habita la misma. Esta salvaguarda debe verificarse especialmente en las zonas de los ríos Lanza-Tambopata, río Colorado, ríos Heath y Enajewa y sector del campamento de Alto Madidi.

Elevar a rango de la Ley del Estado la resolución administrativa de su creación, dada el 15 de agosto de 2006, lo que aportará mayor fuerza a las acciones de protección. A la vez, anular la Concesión del Bloque Petrolero Madidi, ya que la misma se superpone no sólo con la Zona de Reserva Absoluta Toromona, sino con otros territorios indígenas, y el Parque Nacional del mismo nombre.

b) Zona de Reserva Absoluta Pacahuara

Instar a todas las instancias competentes del Estado Plurinacional a que se proceda a la conformación inmediata de una comisión nacional de alto nivel, encabezada por el Ministerio de Justicia del Estado Plurinacional e integrada también por las organizaciones indígenas, Organismos de Derechos Humanos Defensoría del Pueblo y Alto Comisionado de las Naciones Unidas, de acuerdo a sus mandatos, para que se proceda a sistematizar la información y ejecutar los estudios y denuncias correspondientes en torno a la situación del Pueblo Indígena Pacahuara hacia la conformación y establecimiento de una Zona de Reserva Absoluta para la protección estricta del mismo y la intangibilidad de su territorio, además de la anulación de todas las concesiones forestales que afecten a los territorios indígenas de acuerdo  a la octava disposición transitoria de la Constitución Política del Estado.

c) Territorio Indígena T´simane

Dada la labor que viene realizando, por un lado, la Defensoría del Pueblo del Departamento del Beni, y por el otro, la CIDOB en coordinación con el Gran Consejo T´simane e instituciones de apoyo en el reconocimiento de una zona de refugio especial para segmentos del pueblo indígena T´simane en condiciones de muy extrema vulnerabilidad, zona localizada en las cabeceras y el curso alto del Río Maniqui, se debe priorizar la protección a esos segmentos a través de la implementación del proyecto de control territorial físico y efectivo que encabeza el propio Gran Consejo T`simane.

Para ello, es necesario instar a la Fuerza Naval Boliviana, el Instituto Geográfico Militar, la Autoridad de Bosques y Tierras y demás instancias competentes a coordinar las acciones necesarias y suficientes para efectivizar el referido proyecto de control territorial.

d) Zonas de refugio

En el marco de todo lo antedicho, pero especialmente dados el anteproyecto de ley del Viceministerio de Justicia y la labor desarrollada en conjunto por la CIDOB, el Gran Consejo T´simane y organizaciones de apoyo en el Territorio Indígena T´simane, se llama a que se conformen comisiones de trabajo multidisciplinarias e interinstitucionales encabezada por la CIDOB para la identificación de otras zonas de refugio de pueblos o segmentos de pueblos indígenas existentes en el territorio nacional como ser las que habitan segmentos del pueblo Araona, Chacobo, Yuqui, Mosetén, Ese Ejja, Yuracaré y otros a determinar. Estas zonas de refugio deberán ser precauteladas a través de la implementación de proyectos de control territorial físico y efectivo como se está impulsando en el Territorio Indígena T´simane.

e) Zonas de Reserva Absoluta Ayoreo

Que en base a los estudios y conclusiones ya alcanzadas para la elaboración del llamado Decreto Supremo Ayoreo, se proceda a la inmovilización y posterior creación de las referidas Zonas de Reserva Absoluta, excluyendo cualquier posibilidad de afectarlas con cualquier tipo de actividad hidrocarburífera y/o minera dentro de sus territorios. Con especial urgencia se debe inmovilizar una zona ubicada a 120 km al sur de la localidad de Pailón, amenazada por el avance de la agroindustria. La inmovilización se puede fundamentar sobre testimonios preliminares, recogidos y publicados. Una vez realizada la inmovilización se debe informar de la misma en Santa Cruz y especialmente en la región referida.

Pronunciamiento final:

Si hace casi tres décadas, se proclamó que Bolivia no podía vivir más sin sus pueblos indígenas, hoy con la misma fuerza y la misma convicción, proclamamos que Bolivia y su Estado Plurinacional  sólo podrá existir y ser pleno y digno si defiende y protege a los últimos Pueblos Indígenas en Aislamiento, en Contacto Inicial y en Alto Grado de Vulnerabilidad de la Amazonía y el Gran Chaco.

BOLIVIA NUNCA MÁS SIN SUS PUEBLOS INDIGENAS EN AISLAMIENTO Y EN SITUACION DE ALTA VULNERABILIDAD

Es dado en Cobija, el 8 de diciembre de 2011

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