La CIDH resaltó la violación del derecho a la jurisdicción indígena, reconocido en el derecho internacional porque constituye una manifestación del derecho a la autonomía de los pueblos indígenas.
El Convenio 169 establece que los pueblos indígenas tienen derecho a controlar sus instituciones y formas de vida, su derecho consuetudinario y sus métodos de control de delitos. La Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007) reconoce que los sistemas jurídicos indígenas son parte de su autonomía o libre determinación.
La Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas de Venezuela (LOPCI), la reciente Ley de Deslinde Jurisdiccional de Bolivia y un proyecto de ley en el Perú fueron denunciadas por recortar las áreas sobre las cuales puede ser ejercida la legislación indígena.
Uno de los casos denunciados fue el de las rondas campesinas del Perú, una forma de administración de justicia y solución de conflictos de familia, robo, abigeato, homicidios, contaminación ambiental, entre otros casos. Las penas aplicadas a los ladrones incluyen trabajar de día y rondar de noche.
Las rondas han sido denunciadas ante las autoridades gubernamentales por delito de secuestro, usurpación de funciones u otros, habiendo más de 1,000 autoridades ronderas y miembros de comunidades criminalizados.
Otro ataque a la jurisdicción indígena en Perú es el de la Comunidad nativa “Tres Islas”, conformada por familias del pueblo Shipibo y Ese´eja en el departamento de Madre de Dios. La comunidad decidió controlar el ingreso de taladores y mineros a su territorio. Empresas transportistas respondieron presentando un hábeas corpus por libertad de tránsito.
A fines de 2010, el Ministerio de Energía y Minas de Perú adjudicó 14 nuevos lotes de potencial petrolífero en la Amazonía a transnacionales, sin tener en cuenta los criterios de los nativos, con el argumento de que la Ley de Consulta Previa no había entrado en vigor.
Tres muertos, casi 60 heridos de bala, varios de ellos de gravedad, y enormes daños materiales causó la represión ordenada por el gobierno del presidente Alan García, pocos días antes de las elecciones nacionales, contra pueblos que se oponen al proyecto minero Tía María, concesionado a la norteamericana Southern Perú Cooper. El conflicto abarcó a los valles costeros de Arquipa – Mollendo, Matarani, La Ensenada, La Curva, La Punta de Bombom, Cocachacra, y otros-, en el sur de Perú.
A finales de 2009, el 93% de la población de la zona rechazó la imposición minera que perjudicaría a la agricultura. La población de la provincia de Islay se movilizó con el respaldo de una parte de las autoridades locales y de la población.
La Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS) presentó serias objeciones al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de este proyecto, a las que Southern Perú debía responder en un plazo de noventa días. Pero la empresa ignoró las objeciones técnicas sabiéndose respaldada por el gobierno. El
Después de movilizaciones y paros en toda la región, de grandes actos de masas y de tomas de carreteras, caminos, puentes y otros, y de combates con las fuerzas policiales y militares, el Ministerio de Energía y Minas dejó en suspenso la ejecución del proyecto por 180 días. Pero la protesta social se generalizó y el 8 de abril la administración de García retrocedió y canceló el proyecto Tía María.
Venezuela
La lucha por territorio de las comunidades Yukpa en la Sierra de Perijá en Venezuela ha merecido una violenta ofensiva gubernamental y de sectores ganaderos. A pesar de que el caso tuvo lugar en territorio indígena y que las dos partes involucradas han invocado el respeto a la jurisdicción indígena, establecida en la Constitución y la ley, las autoridades venezolanas han vulnerado este derecho.
Se denunció que los dirigentes del movimiento Sabino Romero, Alexander Fernández y varios de sus familiares han sido torturados y sometidos a tratos degradantes por parte de efectivos militares y policiales.
El 5 de mayo, un plan de trabajo para atender las demandas puntuales de los pueblos originarios fue analizado por el Grupo Venezuela dentro del Parlamento Indígena de América, que sesionó en Caracas. Los recién designados presidentes y vicepresidentes de las comisiones permanentes, acordaron acelerar la funcionalidad del ente que por varias razones no había sesionado antes.
El gobierno decidió aprobar una reforma parcial del decreto presidencial 7855, que adscribió a la Vicepresidencia de la República la Comisión Nacional de Demarcación de Tierras y Hábitat Indígenas. La normativa establece que el despacho del vicepresidente Elías Jaua dirigirá el trabajo del equipo, destinado a garantizar la conservación y el reconocimiento de las formas de vida de los pueblos originarios.
Argentina
El 21 de abril de 2011, la CIDH solicitó al Estado argentino que adopte una medida cautelar en favor de la comunidad indígena qom, para garantizar “la integridad física” de sus miembros, así como también el regreso de su cacique Félix Díaz a su hogar.
La intervención del organismo internacional fue requerida por la Defensoría General de la Nación y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en diciembre del año pasado, tras la represión que sufrió el pueblo originario el 23 de noviembre de 2010, cuando murieron el indígena Roberto López y el policía Heber Falcón.
Los originarios fueron desalojados y reprimidos cuando se manifestaban en la ruta 86 por la recuperación de 1.300 hectáreas de territorios ancestrales.
La CIDH pidió al gobierno argentino que “adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad física” de los qom “contra posibles amenazas, agresiones u hostigamientos por miembros de la policía, de la fuerza pública u otros agentes estatales”.
Por otro lado, el 27 de abril se llevó a cabo la audiencia pública en la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema por el caso de los indígenas de Andoas que protagonizaron una movilización contra Plus Petrol en el aeródromo de la empresa el 20 de marzo del 2008, donde falleció un policía y 50 indígenas fueron detenidos.
Al menos 21 indígenas achuar y quechua son procesados por esos actos. La audiencia tenía por finalidad revisar la sentencia absolutoria de los indígenas emitida el 10 de diciembre por la Corte Superior de Justicia de Loreto, a pedido del Fiscal Supremo Pablo Sánchez.
Plus Petrol alega que no contaminó la zona. Los indígenas aducen que la contaminación ambiental les causa mucho sufrimiento, que los animales están enfermos, los peces son escasos y su carne ya no sabe bien. Además, la cosecha de plátanos es menor y las papayas se pudren después de la primera cosecha. El agua de las quebradas cercanas a la comunidad ya no es potable y se ve rastros de petróleo en la superficie.