Las represas en el río Madera y la violación de derechos humanos y ambientales

Luego de la solicitud de medidas cautelares presentada en el mes de diciembre del 2007 ante la Comisión Interamericana de Derecho Humanos (CIDH) por la Federación de Trabajadores Campesinos de Pando, la Central Indígenas de la Región Amazónica de Bolivia (CIRABO) y Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Fobomade) por la construcción de megarepresas en el río Madera, se ha iniciado un proceso de análisis y comprensión de las reales causales de la violación de derechos humanos y ambientales en esa zona sur y central de las Américas.

¿Qué debería suceder en la autonomía indígena?

Emergente de la Ley Nº 3760 de 7 de noviembre de 2007, de ratificación de la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, se ha determinado que toda política de desarrollo de cualquier gobierno, sobre todo los del nivel nacional o estadual, deben observar algunos derechos reconocidos a los pueblos indígenas originarios y campesinos. En el caso de Bolivia estos derechos, para su ejercicio tienen peros que nacen de la misma configuración de la nueva constitución.