26 Jun
2015

El 2005 fue aprobada la soya RR resistente al glifosato, con una serie de medidas de control y seguimiento que quedaron en el olvido. Por ello ahora los grandes soyeros afirman que el 99% del cultivo producido en Santa Cruz es transgénico, lo cual no debió haber ocurrido o por lo menos para evitarlo y garantizar la producción convencional fueron incluidas una serie medidas complementarias en el decreto de aprobación.

La aprobación de nuevos transgénicos constituye una amenaza que se cierne de manera particular sobre los productores ecológicos y consumidores. Los riesgos de contaminación por cultivos transgénicos ponen en riesgo los productos que se venden en mercados en los que la tolerancia a los transgénicos es cero, como es la producción ecológica y la producción libre de transgénicos. En caso de que fueran aprobados, son los productores ecológicos quienes se verán forzados a adoptar una serie de medidas preventivas para evitar dicha contaminación, asumiendo los costos.

Los promotores de transgénicos esgrimen el concepto de coexistencia de cultivos transgénicos y no transgénicos para presionar por la aprobación de maíz genéticamente modificado. El maíz es un cultivo que se produce prácticamente en todo el país, cuya diversidad genética es producto del manejo y diversificación lograda desde el manejo de los agricultores preincaicos.

Los innumerables casos de contaminación genética reportados en el mundo se contraponen a la  idea de “coexistencia”.  La introducción de cultivos transgénicos amenaza a quienes apuestan por una agricultura más sostenible y va en contra de la voluntad de una amplia mayoría de la ciudadanía.

Coexistencia significaría separar productos transgénicos de no transgénicos. La coexistencia debería implicar la posibilidad efectiva, para los agricultores, de escoger entre el modo de producción convencional o biológico, o entre la producción de cultivos genéticamente modificados. Para ello se precisarían  normas para preservar la agricultura y alimentación libre de transgénicos, reconociendo el derecho de los agricultores de cultivar tales productos y de los consumidores de escoger alimentos sin contaminación por organismos genéticamente modificados. Las normas también deberían prevenir la diseminación no intencional y los posibles daños, anticipados o no, causados por las variedades transgénicas, además de facilitar eventuales operaciones de descontaminación de los productos disponibles de venta en mercados y previendo que se asuman responsabilidades.

Por tanto, las normas de coexistencia tendrían que estar basadas en el Principio de Precaución y en el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad, ambos incorporados en la legislación vigente.  Estas normas deberían garantizar la agricultura no transgénica. Deberían impedir contaminaciones genéticas de híbridos, de variedades convencionales de polinización abierta o de variedades criollas, tradicionales y locales destinadas a las cadenas convencionales, orgánicas o agroecológicas.

Pero puede afirmarse, sin temor a equivocarse, que la diseminación voluntaria de los transgenes en el medio ambiente, como ocurriría inevitablemente de aprobarse maíz transgénico,  obligatoriamente acarreará contaminaciones genéticas por flujo de polen y de semillas o mezcla de estas. En otras palabras, la mayoría de los cultivos de maíz convencionales sería contaminado, en un cierto índice, por transgenes de cultivos de plantas transgénicas vecinas. Esos cultivos convencionales contaminados deberán ser considerados como transgénicos y por tanto, desaparecerán a medida que los cultivos con variedades transgénicas se amplíen, como lo que está ocurriendo con la soya cruceña.

La coexistencia sin contaminación por tanto, es imposible.

En el caso del maíz, que se cultiva en las tierras bajas principalmente con híbridos, el agricultor se ve obligado a adquirir semilla periódicamente. La dependencia de la empresa semillera crecerá aún más dado que las características introducidas en el cultivo pronto se pierden por aparición de resistencia en los insectos, como es el caso del maíz Bt o del maíz Bt resistente a glifosato, generando una dependencia inmediata.

Los diferentes intentos de aprobar maíz transgénico fueron frenados con normas logradas por la movilización social. El 14 de noviembre del 2005, la Resolución Administrativa VRNMA Nº 135/05 en su artículo segundo resuelve: “Rechazar toda solicitud sobre introducción de maíz genéticamente modificado al territorio nacional, para la realización de pruebas de campo, siembra, producción o liberación deliberada en el medio ambiente”; el 2011 la Ley de Revolución Productiva Comunitaria, luego de un debate que trascendió internacionalmente, estableció que “No se introducirán en el país paquetes tecnológicos agrícolas que involucren semillas genéticamente modificadas de especies de las que Bolivia es centro de origen o diversidad, ni aquellos que atenten contra el patrimonio genético, la biodiversidad, la salud de los sistemas de vida y la salud humana” y la Ley Marco de la Madre Tierra recupera una vez más el Principio de Precaución y además va más allá puesto que define: “Desarrollar acciones que promuevan la eliminación gradual de cultivos de organismos genéticamente modificados”, así como “Desarrollar capacidades institucionales, técnicas, tecnológicas y legales para la detección, análisis de riesgos y control de organismos genéticamente modificados y sus derivados, así como para el monitoreo de aquellos presentes en el país con fines de su gradual eliminación.”

Es en este marco que organizaciones campesinas, productores ecológicos, ecologistas y consumidores, demandan la aplicación del Principio de Precaución, la protección de la agricultura familiar y ecológica y el cumplimiento de los derechos de los consumidores, reconocidos en la ley 453 promulgada el 2014.

Pero ¿cómo verificar la existencia de productos transgénicos ilegales en el campo o el comercio, el  flujo de genes, la contaminación de razas y variedades locales o cómo establecer estándares para el etiquetado y verificar su cumplimiento, sin capacidades y tecnología de análisis?

Por ello es altamente destacable el esfuerzo realizado por uno de los laboratorios más antiguos y reconocidos de la Universidad Mayor de San Andrés, perteneciente a la Facultad de Bioquímica y Farmacia, el SELADIS, que acaba de presentar el libro: Alimentos Transgénicos, una realidad en Bolivia, con los resultados de la investigación realizada en el departamento de La Paz. El libro muestra además la implementación de la más actualizada tecnología de análisis PCR online para la detección de cualquier tipo, evento o cantidad presente de transgénicos en alimentos. Estos son los aportes técnicos que se requieren para un debate con base científica y para la generación de políticas de alimentación, salud y producción.

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