17 Mar
2014

Sentencia obliga a las hidroeléctricas del Madera a rehacer los estudios de los impactos ambientales

El Ministerio Público Federal, el Ministerio Publico del Estado (MP/RO), la Orden de los Abogados del Brasil (OAB/RO), la Defensoría Pública de la Unión y  la Defensoría Pública del Estado en Rondonia obtuvieron una sentencia favorable a la acción civil pública contra el Ibama y la Energía Sustentable del Brasil (Hidroeléctrica de Jiraú) y San Antonio Energía (Hidroeléctrica de San Antonio).

A pedido de las instituciones, la Justicia Federal determinó que las hidroeléctricas del Madera deben hacer  nuevos estudios sobre los impactos de sus represas. Estos nuevos estudios deben ser supervisionados por el Ibama y todas las demás órganos Públicos responsables como el Iphan, Agencia Nacional de Aguas, DNIT, entre otros. Los estudios también deben ser acompañados por ingenieros agrónomos, geólogos, sociólogos y otros especialistas indicados por las instituciones y costeadas por los consorcios. Las Hidroeléctricas tienen plazo de 90 días para que  la Justicia Federal compruebe que se estén realizando el Re-estudio sobre pena de suspensión de sus licencias de operación.

Las Hidroeléctricas de San Antonio y Jiraú están obligadas atender inmediatamente las necesidades básicas (Vivienda, alimentación, transporte, educación, salud, etc) de la población afectada por las inundaciones solamente aquellas ubicadas en las áreas encima de las represas. El auxilio debe ser hecho durante todo el tiempo que dure la situación de emergencia y hasta que haya una decisión definitiva sobre la compensación, indemnización o re-alojamiento. Las poblaciones afectadas deberán ser identificadas por las defensas civiles municipales, estaduales y federales. Las dos hidroeléctricas tienen plazo de 10 días para comprobar ante la Justicia Federal que están cumpliendo con este ítem de la sentencia.

El patrimonio histórico identificado por el Iphan también deberá ser protegido con recursos de las hidroeléctricas. Las hidroeléctricas también están obligadas a cubrir vías alternativas a las vías interditadas en las proximidades de sus reservatorios. Estas vías serán identificadas por el Departamento de Carreteras de Rodajes de Rondonia o DNIT, conforme el caso.

La acción civil fue propuesta el viernes 6 de marzo, por los procuradores de la Republica Gisele Bieggi y Raphael Bevilagua, el promotor de la Justicia Atila Augusto, y el defensor público estadual, Marcus Edson de Lima. La sentencia de la Justicia Federal fue expedida el 10 de Marzo. Caso las Hidroeléctricas incumplan las determinaciones de la resolución, podrán ser multadas en cien mil reales por día, valor a ser pagado por cada una de las hidroeléctricas.

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Fobomade

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