Porqué es irrenunciable el Territorio Indígena: Recuento histórico desde la movilización de 1990 a la IX marcha

El aspecto que aflige a los pueblos indígenas respecto a su derecho al territorio es la amenaza permanente de las instancias de Estado. No obstante, siendo que los derechos de los pueblos indígenas están consagrados en ámbito constitucional además de los convenios internacionales, se insiste en vulnerarlos. Hoy nos proponemos consolidar el respeto por parte del Estado boliviano a las conquistas alcanzadas, y llamamos a todos los bolivianos, hombres y mujeres de todas las edades, a que se sumen a la causa.

Formas de empleo de la sentencia sobre el TIPNIS

La sentencia parece que prefiere no leerse. Por parte del gobierno, se ha leído y no ha gustado. No es la sentencia que Asamblea y gobierno anhelaban. El Tribunal Constitucional Plurinacional se les ha zafado. No puede negarse que la declaración de constitucionalidad condicionada en vez de inconstitucionalidad flagrante responde a influencia oficialista, pero no hay mayoría de este signo en el Tribunal para contribuir a la desviación constitucional.

Sentencia Constitucional Plurinacional 0300/2012 referida a la Ley 222 y Voto disidente del magistrado Gualberto Cusi

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional declara IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad abstracta formulada contra los arts. 1, 3 y 4 de la Ley 180, y declara la CONSTITUCIONALIDAD condicionada de los artículos 1, 3, 4, 6 y 9 de la Ley 222. El Magistrado Gualberto Cusi Mamani formula su disidencia en los siguientes términos.

Sentencia Constitucional sobre el caso TIPNIS: Trascendental para los derechos de los pueblos indígenas

Acumulando dos acciones de inconstitucionalidad abstracta de signo contrario, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia ha emitido sentencia sobre las últimas leyes atinentes al caso TIPNIS, el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure, cuya relatora ha sido la magistrada Mirtha Camacho. Una acción se dirigía contra la Ley 180, la que declara la intangibilidad del TIPNIS. La otra acción se planteaba contra la Ley 222, la que, programando una consulta a los pueblos indígenas afectados, pone en cuestión tal misma intangibilidad.